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Estas son las 33 excepciones que anunció la Alcaldía de Cali durante el toque de queda de tres días

El decreto, además, prohíbe el consumo de licor en toda la capital vallecaucana durante los tres días de duración del toque de queda.

Estas son las 33 excepciones que anunció la Alcaldía de Cali durante el toque de queda de tres días

El decreto, además, prohíbe el consumo de licor en toda la capital vallecaucana durante los tres días de duración del toque de queda.

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Aunque existe un decreto departamental, la Alcaldía de Cali, en la tarde de este jueves, expidió otras medidas que se tomarán en la ciudad ante el toque de queda durante el puente festivo en el Valle.

Por lo tanto, según el decreto municipal, queda restringida la libre circulación de personas y vehículos en toda la ciudad, a partir del viernes 20 de marzo a las 10:00 p.m., hasta el día martes 24 de marzo a las 04:00 a.m.

Dentro de este decreto se describen las personas y actividades que estarán exentan de la medida, por lo que, el personal exceptuado deberá contar con plena identificación  y documentación que acredite el ejercicio de sus funciones y actividades.

La normativa municipal describe la excepción a las siguientes personas y actividades

  1.  Establecimientos y locales comerciales de almacenes de cadena, supermercados mayoristas y tiendas minoristas de alimentación, de bebidas, de productos y bienes de primera necesidad, de productos farmacéuticos, de productos médicos, ópticas, de productos ortopédicos, de productos de aseo e higiene, y de alimentos y medicinas para mascotas. Para su adquisición podrá desplazarse exclusivamente una sola persona por núcleo familiar.
  2. Bienes y servicios gastronómicos, tales como restaurantes, panaderías, cafeterías y similares exclusivamente en lo que corresponde a la oferta de sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y/o por entrega a domicilio; restaurantes ubicados dentro de las instalaciones hoteleras, los cuales solo podrán prestar el servicio a sus huéspedes.
  3. Personas que presten sus servicios a empresas o plataformas tecnológicas dedicadas a la entrega a domicilio de elementos de primera necesidad, alimentos preparados y productos farmacéuticos, por medio de motocicletas y bicicletas, quienes deberán estar plenamente identificados.
  4. Prestación de los servicios administrativos, operativos o profesionales de los servicios públicos y privados de salud.
  5. Cuidado institucional o domiciliario de mayores, menores, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables y de animales.
  6. Orden público, seguridad general y atención sanitaria.
  7. Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad, circunstancias que deberán ser acreditadas en caso que la autoridad así lo requiera.
  8. Abastecimiento y distribución de combustible.
  9. Servicios de ambulancias, sanitario, atención pre hospitalaria, la distribución de medicamentos a domicilio, farmacias y emergencias veterinarias.
  10. Realizar el abastecimiento, distribución, cargue y descargue de elementos de primera necesidad, productos de aseo, alimentos preparados, suministros médicos y agua potable.
  11. La prestación de servicios indispensables de operación, mantenimiento y emergencias de servicios públicos domiciliarios, como acueducto, alcantarillado, energía, aseo, relleno sanitario, y servicios de telecomunicaciones, call center, redes y data center, debidamente acreditados por las respectivas empresas públicas o sus concesionarios acreditados.
  12. La prestación de servicios funerarios, exclusivamente durante el tiempo de la prestación del mismo.
  13. La prestación de servicios de operación indispensables de hoteles, empresas de vigilancia privada y transporte de valores.
  14. El transporte de animales vivos y productos perecederos.
  15. La Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Defensoría del Pueblo, Cuerpo Oficial de Bomberos, Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria, organismos de socorro y Fiscalía General de la Nación, jueces penales con funciones de control de garantías y de conocimiento en el ejercicio de sus funciones, organismos de emergencia y socorro del orden nacional, departamental o municipal.
  16. Servidores públicos y contratistas estatales para el cumplimiento de actividades relacionadas con la seguridad, prevención y control objeto de estas disposiciones y recolección de datos, vigilancia epidemiológica, personal que presta servicio de vigilancia en las instituciones públicas.
  17. Los programas sociales indispensables que requieren continuidad del servicio a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF y la Secretaría de Bienestar Social.
  18. Los indispensables para el funcionamiento de canales de televisión, estaciones de radio, prensa escrita, digital, y distribuidores de medios de comunicación debidamente acreditados.
  19. Las personas que acrediten debidamente ser personal de transporte masivo y sus operarios, concesionarios y personal de apoyo a la operación.
  20. Personal que labore en plantas de producción de alimentos y productos farmacéuticos.
  21. Los trabajadores y operarios que prestan sus servicios en turnos de trabajo, en obras públicas, empresas, fabricas, plantas, laboratorios y en actividades de campo y cosecha de productos agrícolas y demás personal relacionado con las labores de campo requeridas por las empresas debidamente acreditados con documentos tales como, carnets o cartas de la empresa.
  22. Personal de vehículos o rutas destinados al transporte de trabajadores y operarios de empresas que realizan operación 24/7.
  23. Personal operativo y administrativo de los terminales de transporte, los conductores, ayudantes, el personal administrativo y viajeros que tengan viajes intermunicipales programados durante el período de restricción, debidamente acreditados con documentos tales como pasaje o tiquetes, tasa de uso, planilla de despacho o cualquier medio idóneo para tal fin. Lo anterior sin distinción respecto a viajes intermunicipales.
  24. Personal y vehículos de las empresas de gases medicinales, debidamente acreditados.
  25. Personal operativo y administrativo aeroportuario, pilotos, tripulantes, viajeros y quienes los transporten, que tengan vuelos de salida o llegada a los diferentes municipios y-o distritos del Valle del Cauca, programados durante el periodo de restricción, debidamente acreditados con documentos tales como pasaportes, pasabordos (físicos o electrónicos), tiquetes, entre otros.
  26. Personal y vehículos de las empresas concesionarias del servicio público de aseo del Departamento del Valle del Cauca, debidamente acreditados.
  27. Los vehículos de servicio público individual debidamente identificados podrán movilizar personas desde y hacia los terminales, aéreo y terrestre, como también clínicas y hospitales, y de las empresas con turnos de trabajo nocturno. Los vehículos de servicio público individual una vez terminada sus labores deberán dirigirse a su lugar de domicilio.
  28. Los empleados de empresas de servicios públicos domiciliarios que deban adelantar acciones concretas en el período de restricción.
  29. Están autorizados para su movilización el personal requerido para los vehículos de transporte de carga de animales, de alimentos y bebidas no alcohólicas, bienes perecederos, productos de aseo y suministros médicos, el transporte de materia prima e insumos para la producción industrial y agropecuaria, y vehículos que se encuentren en tránsito hacia otros municipios.
  30. Se autoriza el tránsito de vehículos particulares en casos de urgencias
  31. Vehículos y personal de alce, cargue y transporte de productos agrícolas.
  32. El servicio público individual de taxis, siempre y cuando se solicite telefónicamente o a través de plataformas, para la realización de alguna de las anteriores actividades o prestación de esos servicios.
  33. Una persona por núcleo familiar podrá sacar cuando sea necesario, en su entorno más inmediato, a sus mascotas o animales de compañía por un lapso no superior a 25 minutos.

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Cali, la segunda ciudad con menor índice de pobreza monetaria en Colombia

En Colombia, más de un millón de personas salieron de la pobreza monetaria en el año 2023, según cifras del Dane.

Cali, la segunda ciudad con menor índice de pobreza monetaria en Colombia
Tomado de Pexels.

En Colombia, más de un millón de personas salieron de la pobreza monetaria en el año 2023, según cifras del Dane.

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Según el informe realizado por el Dane, en Cali el 23,6% de la población vive en pobreza monetaria. Esto quiere decir que alrededor de 553.000 personas en la ciudad están viviendo con menos de $437.350 pesos.

“En general es que usted pueda suplir las necesidades básicas que requiera el hogar, como vivienda, comida, servicios públicos y trasporte”

Carlos Hernando Isáziga, docente de la UAO.

De acuerdo a las cifras dadas, el índice de comportamiento de pobreza monetaria en Cali para el año 2022 fue de 24% y el del año 2023 fue del 23,6%. Esto demuestra una leve reducción en comparación a estos años, lo cual aún genera una incertidumbre.

Pues El 23,6% de los caleños no alcanzaron los ingresos suficientes para salir del umbral de pobreza monetaria. Y de estos 553.000 caleños, aproximadamente el 10% son mayores de 60 años.

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“Están tan vinculadas la pobreza monetaria con los ingresos y por supuesto que la vinculación en el mercado laboral es clave, de allí a que las personas que tienen un empleo informal tienen una pobreza monetaria más alta, que las personas que tienen una ocupación formal con sus prestaciones sociales”

Aclaró Harold Londoño, Gerente de analítica y estudios económicos de la Cámara de Comercio de Cali.

Dentro de esta población hace parte el señor Arnulfo Córdoba, un señor de 60 años que vive con menos de $500.000 pesos mensuales en Cali; y que a diario sale a buscar el sustento de su familia para suplir las necesidades básicas.

“Hambre no he aguantado, para qué le voy a mentir, porque la gente me ha colaborado. Pero la entrada, los ingresos son muy poquitos y los gastos son muchos”

Arnulfo Córdoba, habitante de Cali.

Panorama nacional

Por otra parte, Cali, en comparación con las ciudades principales del país, se encuentra en el segundo rubro más bajo del índice de comportamiento de pobreza monetaria. Ubicando de primero a Bogotá con el 23,7%, le sigue Cali con el 23,6% y de tercero Medellín con el 22,6%.

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De este modo, expertos aseguran que la proyección para este año en Cali no es alentadora. Pues aseguran que las cifras del mercado laboral se han venido deteriorando con el pasar de los años, haciendo que la tasa de desempleo aumente dentro de la ciudad, generando empleo informal. Sumándole a esto la inflación en la canasta familiar y precios de los alimentos.

“La inflación, especialmente la de alimentos, ha quebrado la tendencia y ha empezado a subir. En la medida en que los alimentos tienen un alto peso en la canasta de consumo, en los hogares de más bajos ingresos pueden tener resultados negativos en las cifras de pobreza para el año 2024”

Señaló Londoño.

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Cumbre de seguridad para la COP16: Buscan garantizar la protección del evento

La ciudad de Nueva York concederá asistencia técnica, de conocimiento y de capacidad a Cali; para proteger a los caleños y visitantes durante y después de la COP16.

Cumbre de seguridad para la COP16: Buscan garantizar la protección del evento
Especial para 90minutos.co

La ciudad de Nueva York concederá asistencia técnica, de conocimiento y de capacidad a Cali; para proteger a los caleños y visitantes durante y después de la COP16.

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El Comité organizador de la COP16 realizará una cumbre de seguridad a puerta cerrada, durante la reunión las autoridades locales, nacionales y la oficina de seguridad de las Naciones Unidas, buscan garantizar un entorno seguro durante el evento.

Se espera que hacia las 4:00 p.m. de este viernes 19 de julio arribe a la sede de la tercera brigada el ministro de Defensa, Iván Velásquez, con toda la cúpula militar encabezados por el Comandante del Ejército y el Comandante de la Fuerza Aérea.

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Van a desarrollar una cumbre de alta seguridad donde seguirán analizando la estrategia de protección para el evento de la COP16.

El Ministro de la Defensa antes de viajar a esta cumbre se pronunció con relación a todo lo que significa garantizar la seguridad del Valle durante este evento.

"Ha habido estudios de seguridad sobre la ciudad, los espacios en los que se va a realizar la COP16. Tenemos que garantizar que en la ciudad de Cali y los espacios en los que se va a desarrollar la COP16 no haya ningún riesgo en ningún sentido, pero o que puedo afirmar para la ciudad de Cali y para todos los interesados en la COP16 es que habrá seguridad suficiente".

A esta cumbre de seguridad asistirá el alcalde, Alejandro Eder, quien está viajando desde Nueva York a la capital del Valle.

Eder ha dicho que en materia de inteligencia contará con el apoyo de la Policía de Nueva York.

"Estuvimos con el grupo de inteligencia y el grupo antiterrorismo del NYPD, de la fuerza de policía más fuerte del planeta, hemos encontrado manera de trabajar juntos, próximamente tendrán un delegado en nuestro país y estarán en Cali asesorándonos en cómo fortalecer la seguridad para todos los caleños. Vamos a trabajar duro para que Cali esté segura durante la COP, pero también después de la COP".

Hoy el comandante de la Policía ha reiterado que la Fuerza Pública y la Policía Metropolitana de Cali también está preparada, diciendo el número de hombres que estarán en cuatro frentes de trabajo vigilando lo que es la seguridad para la capital del Valle y sus alrededores.

"Ya hay un compromiso del director general de la Policía Nacional de recibir 4.000 hombres y policías en el próximo mes de octubre y esa capacidad ha venido siendo ya entregada a Cali con los 100 primeros hombres, vamos a esperar otros 200 a final de mes para seguir garantizando y fortaleciendo la seguridad en la ciudad y hay puestos de control permanentes las 24 horas del día al ingreso de la ciudad, puestos móviles que van a estar dispuestos de acuerdo a ese análisis del comportamiento delictivo. Vamos a garantizar la seguridad antes, durante y después del evento".

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Estos serán los desvíos temporales en seis rutas del MÍO por desfile del 20 de julio

Rutas de la zona centro y norte de la ciudad tendrán desvíos temporales para garantizar la movilidad durante el desfile del Día de la Independencia de Colombia.

Estos serán los desvíos temporales en seis rutas del MÍO por desfile del 20 de julio

Rutas de la zona centro y norte de la ciudad tendrán desvíos temporales para garantizar la movilidad durante el desfile del Día de la Independencia de Colombia.

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A partir de hoy, jueves 18 de julio hasta el 20 de julio, Metro Cali implementará una serie de desvíos para seis rutas del MÍO por desfile del 20 de julio, que prestan su servicio en la zona centro y norte de la ciudad. Con el fin de garantizar la movilidad de los caleños y turistas mientras se realizan los ensayos y desfiles para conmemorar el Día de la independencia de Colombia

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Los desvíos serán temporales y en horarios diferenciados, de acuerdo con la solicitud realizada a Metro Cali por la Alcaldía de Cali y las demás autoridades de la ciudad para los ensayos y el desfile militar que se llevarán a cabo esta semana.

Los desvíos de las rutas del MÍO comenzarán hoy desde 10:00 p.m. y variarán según el día.

Las rutas afectadas son A05, C302, C320, P21E, P24B y P27D con los siguientes cambios para que los tenga en cuenta:

Ruta A05

Sentido Portada al Mar – Estación Américas

Desvíos ruta del MÍO por desfile del 20 de julio. Tomada de @Metrocali

Ruta P21E

Sentido Terminal Menga – Estación Universidades

Desvíos ruta del MÍO por desfile del 20 de julio. Tomada de @Metrocali

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Ruta P24B

Sentido Terminal Andrés Sanín Centro

Desvíos ruta del MÍO por desfile del 20 de julio. Tomada de @Metrocali

Sentido Centro Terminal Andrés Sanín

Desvíos ruta del MÍO por desfile del 20 de julio. Tomada de @Metrocali

Ruta P27D y C320

Sentido Norte – Sur

Desvíos ruta del MÍO por desfile del 20 de julio. Tomada de @Metrocali

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Sentido Sur – Norte

Desvíos ruta del MÍO por desfile del 20 de julio. Tomada de @Metrocali

Las rutas C302 y C320 solo se verán afectadas por los desvíos el jueves y el viernes, ya que no operan los sábados.

Este jueves 18 de julio los desvíos de las rutas del MÍO por el desfile del 20 de julio comenzarán a las 10:00 de la noche para permitir el ensayo del desfile militar. Mientras que el viernes 19 de julio, los desvíos comienzan a la misma hora, 10:00 p.m., y se extenderán hasta las 3:00 p.m. del sábado 20 de julio, cuando concluyan los actos conmemorativos.

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